Se fija en 20% el índice máximo porcentual para el aumento de las matriculas y mensualidades escolares[10/06/09]
Resolución Conjunta de los Ministerios del Poder Popular para el Comercio y para la Educación fija para el año escolar 2009-2010, un índice porcentual de veinte por ciento (20%), como límite máximo de aumento en el cobro de las matrículas y mensualidades escolares de los planteles educativos privados, ubicados en todo el territorio nacional.
En la Resolución Conjunta No. 066 y 034, emanada por los Ministerios del Poder Popular para el Comercio y para la Educación, respectivamente, se fijó para el año escolar 2009-2010, el índice porcentual de veinte (20%) por ciento, como límite máximo de aumento en el cobro de las matrículas y mensualidades escolares de los planteles educativos privados, ubicados en todo el territorio nacional.
Se establece para el año escolar 2.009-2.010 el pago a través de doce (12) mensualidades, de conformidad con las normas de convivencia escolar de cada plantel, salvo mejoras que se puedan implementar en las oportunidades de pagos de los padres y representantes.
El periodo de inscripción deberá realizarse en el segundo período del año escolar, comprendido entre el primer día hábil de la segunda semana del mes de julio y el último día hábil del mes de julio, esto de conformidad con el artículo 57 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación.
Vigencia: 28 de Mayo de 2.009
Fuente: Consecomercio
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