Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto
Nº 5.189 con Rango, Valor y fuerza de Ley que establece el Impuesto
al Valor Agregado [01/03/07]
El día lunes 26 de febrero de 2007 en Gaceta Oficial Nº 38.632
se publicó el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma
Parcial del Decreto Nº 5.189 con Rango, Valor y fuerza de Ley
que establece el Impuesto al Valor Agregado, donde se modifica
el artículo 62, en la forma siguiente: “Artículo 62. Sin perjuicio
de lo dispuesto en el artículo siguiente, la alícuota impositiva
general aplicable a las operaciones gravadas, desde la entrada
en vigencia de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
de Reforma Parcial de la Ley que Establece el Impuesto al Valor
Agregado, será del once por ciento (11%) hasta el 30 de junio
de 2007 y a partir del 01 de julio de 2007 del nueve por ciento
(9%), hasta tanto entre en vigor la Ley de Presupuesto que establezca
una alícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto-Ley”.
Se modifica el artículo 63, en la
forma siguiente: “ Artículo 63. Hasta tanto entre en vigor
la Ley de Presupuesto que establezca una alícuota distinta,
la alícuota impositiva, aplicable a las siguientes operaciones
será del ocho por ciento (8%):
- Importaciones y ventas de los alimentos
y productos para consumo humano como ganado caprino, ovino
y especies menores destinados al matadero.
- Ganado caprino, ovino y especies
menores para la cría.
- Carnes en estado natural, refrigeradas,
congeladas, saladas o en salmuera.
- Mantecas.
- Transporte aéreo nacional de pasajeros.
- Las prestaciones de servicios al
Poder Público, en cualquiera de sus manifestaciones.
- Importaciones y ventas de minerales
y alimentos líquidos o concentrados para animales o especies,
así como las materias primas utilizadas exclusivamente en
su elaboración.
El presente Decreto con Rango, Valor
y Fuerza de Ley entrará en vigencia a partir del 1º de marzo
de 2007.
Fuente: www.consecomercio.org.ve
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