Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Nº 5.189 con Rango, Valor y fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado [01/03/07]
El día lunes 26 de febrero de 2007 en Gaceta Oficial Nº 38.632 se publicó el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Nº 5.189 con Rango, Valor y fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado, donde se modifica el artículo 62, en la forma siguiente: “Artículo 62. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, la alícuota impositiva general aplicable a las operaciones gravadas, desde la entrada en vigencia de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado, será del once por ciento (11%) hasta el 30 de junio de 2007 y a partir del 01 de julio de 2007 del nueve por ciento (9%), hasta tanto entre en vigor la Ley de Presupuesto que establezca una alícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto-Ley”.

Se modifica el artículo 63, en la forma siguiente: “ Artículo 63. Hasta tanto entre en vigor la Ley de Presupuesto que establezca una alícuota distinta, la alícuota impositiva, aplicable a las siguientes operaciones será del ocho por ciento (8%):

  1. Importaciones y ventas de los alimentos y productos para consumo humano como ganado caprino, ovino y especies menores destinados al matadero.
  2. Ganado caprino, ovino y especies menores para la cría.
  3. Carnes en estado natural, refrigeradas, congeladas, saladas o en salmuera.
  4. Mantecas.
  5. Transporte aéreo nacional de pasajeros.
  6. Las prestaciones de servicios al Poder Público, en cualquiera de sus manifestaciones.
  7. Importaciones y ventas de minerales y alimentos líquidos o concentrados para animales o especies, así como las materias primas utilizadas exclusivamente en su elaboración.

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley entrará en vigencia a partir del 1º de marzo de 2007.

Fuente: www.consecomercio.org.ve